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									29 de 
									enero de 2015 
									
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									Le puede pasar a cualquiera. Sobre todo en 
									una metrópoli como la Ciudad de México, que 
									no se distingue a nivel mundial por la 
									calidad de su encarpetado asfáltico. Y, 
									efectivamente, le sucedió a Carlos Barrios, 
									abogado y residente de esta gran ciudad 
									latinoamericana, quien, hace unos días, 
									trasladándose por las calles de la 
									delegación Miguel Hidalgo, cayó con su coche 
									en un bache, uno de los miles que “adornan” 
									las vías de comunicación del Distrito 
									Federal. 
									
									El daño fue severo, pero el abogado Barrios 
									recurrió a una solución que pocos ponen en 
									práctica y nos quiso contar su historia. 
									
									«En la Ciudad de México hay muchos hoyos en 
									las calles, y es muy frecuente que los 
									automovilistas caigan en esos baches y, en 
									ocasiones —por la profundidad de los mismos 
									o por su tamaño— esto provoca que las 
									llantas se ponchen o que el coche se 
									lastime, se rompa la suspensión o algún otro 
									daño. 
									 
									
									La mayoría de las personas no hace 
									nada al respecto porque desconoce que el 
									Estado —en este caso el Distrito Federal— 
									está obligado a resarcir el daño que el 
									automóvil de los individuos sufre por esta 
									causa. 
									
									Para ello, lo que hay que hacer es 
									acudir ante el Juzgado Cívico de la 
									Delegación donde ocurrió el percance, 
									trasladándose en el coche afectado 
									
									de ser posible, y en caso contrario llevar 
									la llanta o llantas afectadas o pedir que se 
									traslade a donde se encuentre el coche. No puedo 
									asegurar que este trámite pueda ser llevado 
									a cabo de la misma forma en
									todos los Estados de la República, pero 
									puedo asegurar que en el DF sí, puesto que 
									es donde yo lo puse en práctica». 
									
									«Ante el Juzgado Cívico —continuó 
									explicándonos el Lic. Barrios— se presenta 
									una denuncia de hechos narrando que fue lo 
									que sucedió. En ese momento, el juzgado 
									asigna un perito al caso (el tiempo de 
									espera varía dependiendo de la 
									disponibilidad de especialistas de la 
									delegación). 
									
									Éste, de inmediato, toma una serie de 
									fotografías al auto y prepara un dictamen. 
									Todo este procedimiento, en mi experiencia, 
									no toma más de dos horas y media. En la 
									tarde se pasa a recoger el dictamen, previo 
									pago de unas copias certificadas, y con este 
									documento —en el que el perito analiza que 
									fue lo que ocurrió, la velocidad a la que 
									viajaba el automóvil, donde se ocasionó el 
									golpe, las dimensiones del agujero, a cuánto 
									asciende el daño que sufrió el coche y 
									cuánto considera que deba ser la suma resarcida.
 
									
									Este dictamen debe ser presentado ante un 
									Centro de Atención de Demandas Ciudadanas en 
									la misma delegación adjuntando una serie de 
									documentos 
									
									[1] para que la solicitud de 
									reembolso sea admitida a trámite. A mi me 
									habían dicho que la fecha de respuesta iba a 
									ser el día 13 de marzo, pero la contestación 
									me llegó el 20 de enero, avisándome que 
									estaba aprobado mi requerimiento de pago de 
									daños por la cantidad de 10,600 pesos 
									dictaminada por el perito». 
									
									¿Y una vez recibida la respuesta, qué es lo 
									que hay que hacer?, preguntamos. 
									
									«Me pongo en contacto con ellos para saber 
									en cuanto tiempo quedará liberado mi cheque. 
									Normalmente esto sucede en un lapso 
									aproximado de dos semanas. La delegación, 
									entonces, entrega un documento que puede ser 
									canjeado por efectivo en cualquier sucursal 
									de Banorte, el banco con el cual tiene 
									contratado el seguro para este tipo de 
									eventos». 
									
									¿Fue necesario llevar fotos del auto 
									inmediatamente después del percance? 
									
									«Yo las llevé, pero no es una obligación. El 
									perito, después de tomar fotos del daño en 
									el coche, se dirige al lugar de los hechos y 
									se cerciora que efectivamente exista el 
									bache y revisa sus dimensiones, así como 
									cualquier otro aspecto que pueda ser 
									relevante. 
									
									Sin embargo, tales fotos si figuran entre 
									los documentos que se deben adjuntar a la 
									solicitud de reembolso que se entrega en el 
									Centro de Atención de Demandas Ciudadanas.
									
									
									En caso de que sea 
									necesario cambiar la llanta y substituirla 
									con la de refacción, la llanta afectada debe 
									ser presentada para este trámite». 
									
									¿La delegación pone algún tipo de traba o 
									dificultad para la realización de este 
									trámite? 
									
									No en mi experiencia. Lo que me han 
									comentado es que pocas personas llevan a 
									cabo este trámite puesto que no lo conocen o 
									lo consideran engorroso. 
									
									¿Por qué no le habló a su seguro para este 
									trámite? 
									
									«Me había ocurrido lo mismo unos meses 
									antes, y en esa ocasión el daño fue cubierto 
									por mi compañía de seguros, por lo que no 
									tenía certeza de que en esta ocasión lo 
									fuera a resarcir otra vez. Además, si lo 
									hubiera pagado nuevamente mi compañía, al 
									renovar la póliza seguramente me aumentarían 
									el monto de la prima por haber tenido dos 
									incidentes en un año». 
									
									______________ 
									
									[1] Cotización sellada de 
									repuestos de un centro certificado del 
									proveedor de los mismos, copia certificada 
									de la declaración de hechos ante el Juzgado 
									Cívico, comprobante de domicilio, dictamen 
									del perito, copia de identificación oficial, 
									opia de la licencia de manejo, copia de la 
									factura del vehiculo, copia de la tarjeta de 
									circulación, comprobante del pago de las 
									últimas dos tenencias, fotografías del 
									bache, formato único en términos del 
									artículo 140 de la Ley General de 
									Instituciones y Sociedades Mutualistas de 
									Seguros. 
									  
									
									(massimo barzizza / puntodincontro.mx) 
									  
									
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